miércoles, 17 de junio de 2009

CLASIFICACION DE LA CARGA

Naturaleza de la carga: La naturaleza de la carga determina un tratamiento particular y por ende un sistema distinto de transporte.
Según su naturaleza la carga puede ser:
* Perecedera
* Frágil
* Peligrosa.
Carga perecedera
Esta requiere un manipuleo normal, pero teniendo cuidado de elementos tales como el control de la temperatura y las condiciones climáticas.
Carga frágil
Esta requiere de un manipuleo muy cuidadoso. El tamaño, forma y espesor del embalaje externo pueden incidir en el nivel de riesgo. Son esenciales para el manipuleo en este caso los rótulos o marcas del embalaje que indican la fragilidad de la carga.
Carga peligrosa
La misma está sometida a regulaciones internacionales muy estrictas en cuanto a su manipuleo.
En la Unión Europea, cada modo tiene sus normas para el manipuleo, embalaje, rotulación, almacenaje y transporte de productos peligrosos: para ferrocarril, las “Normas Internacionales sobre transporte de productos peligrosos por vía férrea” (RID), anexadas al Convenio CIM. Para el Carretero, el “Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de productos peligrosos por Carretera” (ADR), que se mantiene bajo auspicios de la IRU y la CEPE; Para transporte aéreo, las “Instrucciones técnicas sobre transporte apropiado de productos peligrosos por vía Aérea”, desarrollados por la OACI y la IATA y para el transporte marítimo, el “Código marítimo internacional sobre mercaderías peligrosas” (IMDG) recomendado por la OMI. En el MERCOSUR está vigente el Acuerdo sobre Mercaderías Peligrosas, para transporte carretero y ferroviario, basado en las normas internacionales.

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